CAUSALES DE DIVORCIO

En Colombia el amor es la razón para contraer matrimonio, en algunos lugares olvidados en el mundo no, y aquellos que tienen poder acuerdan a su antojo la vida de los que no pueden ni controlar su vida.
Mas allá de quienes quieren dejarse, que siempre es mejor que mantenerse en un infierno, es un problema divorciarse en Colombia
Cuando el divorcio es unilateral la decisión cuando es uno solo es el que quiere divorciarse, no puede. Para lograrlo debe acudir a un juzgado, contratar a un abogados y justificar a un juez, solo con las razones que la Ley permite las razones para terminar un vinculo que parece que el estado quiere mantener a la fuerza.
Causales de divorcio en Colombia
- Relaciones Sexuales Extramatrimoniales de cualquiera de los cónyuges.
- Grave e injustificado incumplimiento de los deberes como cónyuge o como padre.
- Ultrajes, trato cruel y maltrato de obra, incluye los ultrajes psíquicos.
- Embriaguez habitual.
- Uso habitual de sustancias alucinógenas salvo prescripción medica.
- Enfermedad, anormalidad grave o incurable, física o psíquica.
- La conducta tendiente a corromper al otro cónyuge o descendientes, o a quienes vivan bajo el mismo techo.
- Separación de hecho o derecho que haya durado más de dos años.
Relaciones Sexuales Extramatrimoniales de cualquiera de los cónyuges.
Grave e injustificado incumplimiento de los deberes como cónyuge o como padre.
Ultrajes, trato cruel y maltrato de obra, incluye los ultrajes psíquicos.
Embriaguez habitual.
Uso habitual de sustancias alucinógenas salvo prescripción medica.
Enfermedad, anormalidad grave o incurable, física o psíquica.
La conducta tendiente a corromper al otro cónyuge o descendientes, o a quienes vivan bajo el mismo techo.
Separación de hecho o derecho que haya durado más de dos años.
No es una propuesta para eliminar las causales del ordenamiento jurídico pues encontrar un cónyuge culpable permite asignar como sanción el pago de una pensión, en los casos en que el cónyuge inocente así lo necesita. La única sanción real en el ordenamiento colombiano.
Proponemos agregar una razón adicional.
Deseo de no estar juntos de cualquier de los conyuges.
Mientras esta causal no exista, las parejas tienen que esperar dos años, se excusan en la separación de hecho, dejan de vivir y luego usan esta separación como razón para divorciarse. Dos años es mucho tiempo para resolver un problema que podría se mucho más rápido, teniendo en cuenta que la vida es tan corta.
Es decir, que nos quedan faltando en las leyes actuales un par de normas.
- Una que permita que la gente se case porque se le antoja, sea hombre con hombre, mujer con mujer …
- Una que permita que la gente se divorcie porque se le antoja. Por falta de amor por ejemplo.
Una que permita que la gente se case porque se le antoja, sea hombre con hombre, mujer con mujer …
Una que permita que la gente se divorcie porque se le antoja. Por falta de amor por ejemplo.
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ACTUALIZADO 2026
Las causales de divorcio hoy
El artículo 154 del Código Civil contempla nueve causales tradicionales y, desde la Ley 2442 de 2024, la causal 10: la sola voluntad de cualquiera de los cónyuges. Las más usadas son la separación de hecho por más de dos años y, ahora, la sola voluntad, porque no exigen probar culpa.
Preguntas frecuentes (actualización 2026)
¿Cuál es la causal más fácil de usar?
La sola voluntad (Ley 2442 de 2024) o la separación de hecho por más de dos años: no exigen probar nada.
¿Necesito el acuerdo de mi cónyuge?
No con la causal de sola voluntad; basta su decisión.
¿Cuántas causales de divorcio existen?
Diez, según el artículo 154 del Código Civil.
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