Registrar el matrimonio ¿Es necesario?

En Colombia nadie registra el matrimonio, principalmente porque su olvido no tienen ningún efecto. Frecuentemente recibimos consultas que esconden la esperanza frustrada según la cual no haber realizado el registro hace innecesario incurrir en los costos del divorcio. ERROR.
En Colombia tienen efecto los matrimonios con o sin registro pues lo contrario generaría una inseguridad generalizada respecto a sus efectos en el ámbito personal y patrimonial.
Por ejemplo, si se casa por segunda vez y solo registra el segundo matrimonio, cuál es válido?
Qué pasa con los bienes adquiridos en una sociedad conyugal no registrada?
La legitimidad de los hijos nacidos de una unión sin registrar.
Para la muestra
¿Dónde puedo registrar mi matrimonio?
Anteriormente las actas de matrimonio se debían inscribir en la oficina de registro del estado civil correspondiente al lugar de su celebración.
Ahora y con el decreto anti trámites, los matrimonios podrán registrarse en cualquier ciudad, de forma que sin importar el sitio de la celebración es posible acudir a cualquier notaria o registraduría del país.
¿Cuándo puedo registrar mi matrimonio?
La norma indica:
Los matrimonios que se celebren dentro del país se inscribirán en la oficina correspondiente al lugar de su celebración, dentro de los 30 días siguientes a ésta.
Es una norma imperfecta pues carece de sanción de forma que se convierte en un consejo de libre adopción. Si no se registra en los siguientes 30 días puede hacerse libremente en el futuro sin que acarré sanciones de nulidad, invalidez o inoponibilidad
¿Quién puede registrar el matrimonio?
El matrimonio podrá inscribirse a solicitud de cualquier persona. En todo caso no se procederá al registro sino con copia autentica de la respectiva acta de la partida parroquial.
Esta autenticación se hace en la curia de la iglesia donde se realizó la ceremonia.
¿Cuánto cuesta registrarlo?
Nada. El registro es gratuito.
Una gran cantidad de registros de matrimonios se hacen al interior de trámites de Divorcio o sucesión
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ACTUALIZADO 2026
Del matrimonio al divorcio
Tanto el matrimonio civil como el religioso pueden disolverse por divorcio. Para el matrimonio católico, el divorcio civil produce plenos efectos civiles aunque el vínculo religioso se rija por el derecho canónico.
Preguntas frecuentes (actualización 2026)
¿Se puede divorciar un matrimonio católico?
Sí, civilmente; el divorcio produce efectos civiles plenos.
¿El matrimonio debe estar registrado para divorciarse?
Sí; el registro civil del matrimonio es necesario para tramitar el divorcio.
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