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Divorcio Contencioso en Colombia: Procedimiento y Requisitos

GL Gestión Legal Colombia· mayo 20, 2026· 5 min de lectura
Divorcio Contencioso en Colombia: Procedimiento y Requisitos

El divorcio contencioso es el proceso judicial que se adelanta cuando los cónyuges no logran llegar a un acuerdo para disolver su matrimonio. A diferencia del divorcio de mutuo acuerdo que se tramita ante notaría, el divorcio contencioso requiere la intervención de un juez de familia y la demostración de al menos una de las causales previstas en la ley.

¿Cuándo procede el divorcio contencioso?

El divorcio contencioso procede cuando uno de los cónyuges desea divorciarse pero el otro no está de acuerdo, o cuando no es posible llegar a un consenso sobre los términos de la separación. En estos casos, es obligatorio invocar alguna de las causales de divorcio establecidas en el artículo 154 del Código Civil colombiano.

Una de las causales más utilizadas en la práctica es la separación de cuerpos, judicial o de hecho, por más de dos años (causal 8), ya que es una circunstancia objetiva que no requiere demostrar culpa de ninguno de los cónyuges.

Con la entrada en vigencia de la Ley 2442 de 2024, se agregó la causal 10: la sola voluntad de cualquiera de los cónyuges. Esta nueva causal permite solicitar el divorcio sin necesidad de probar hechos específicos ni contar con el consentimiento del otro cónyuge.

Procedimiento del divorcio contencioso

El proceso se desarrolla en las siguientes etapas:

Presentación de la demanda. Uno de los cónyuges, a través de su abogado, presenta la demanda de divorcio ante el juzgado de familia del último domicilio conyugal. En la demanda se debe indicar la causal invocada y aportar las pruebas que la sustentan.

Contestación de la demanda. El cónyuge demandado tiene la oportunidad de responder la demanda, presentar sus argumentos y formular sus propias peticiones.

Audiencia de conciliación. El juez convoca a una audiencia donde busca que las partes lleguen a un acuerdo, al menos sobre la terminación del vínculo matrimonial.

Etapa probatoria. Si no hay conciliación, se abre la etapa de práctica de pruebas donde ambas partes presentan sus argumentos y evidencias.

Sentencia. El juez dicta sentencia resolviendo sobre el divorcio y los demás aspectos del caso.

La Ley 2442 de 2024 cambió el juego: ahora cualquiera de los cónyuges puede solicitar el divorcio por sola voluntad. Ya no se necesita el consentimiento del otro.

¿Cuánto tiempo tarda un divorcio contencioso?

El divorcio contencioso puede tardar varios meses e incluso años, dependiendo de la complejidad del caso y la congestión del juzgado. Es un proceso significativamente más largo que el divorcio notarial de mutuo acuerdo.

Liquidación de la sociedad conyugal

Una vez ejecutoriada la sentencia de divorcio, se procede a la liquidación de la sociedad conyugal. Si los cónyuges no logran un acuerdo sobre la repartición de bienes, este trámite se adelanta en un proceso judicial separado.

Consecuencias para el cónyuge culpable

Si el juez determina que existe un cónyuge culpable de la causal invocada, este podrá ser condenado al pago de alimentos a favor del cónyuge inocente, siempre que se demuestre la capacidad económica del obligado y la necesidad del beneficiario.

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ACTUALIZADO 2026

Las causales de divorcio en Colombia (artículo 154 del Código Civil)

  • Relaciones sexuales extramatrimoniales de uno de los cónyuges.
  • Incumplimiento grave de los deberes de cónyuge o de padre/madre.
  • Ultrajes, trato cruel y maltratamientos de obra.
  • Embriaguez habitual.
  • Uso habitual de sustancias alucinógenas o estupefacientes.
  • Enfermedad o anormalidad grave e incurable que ponga en peligro la unión.
  • Conducta tendiente a corromper o pervertir al otro o a los hijos.
  • Separación de cuerpos (judicial o de hecho) por más de dos años.
  • El consentimiento de ambos cónyuges (mutuo acuerdo).
  • La sola voluntad de cualquiera de los cónyuges (causal 10, Ley 2442 de 2024).

Las pruebas en el divorcio contencioso

Cuando se invoca una causal de culpa (por ejemplo, infidelidad o maltrato), debe demostrarse con pruebas: testimonios, documentos, mensajes, dictámenes o informes. En cambio, la separación de hecho por más de dos años y la sola voluntad no requieren probar culpa, por lo que son las vías más expeditas hoy.

Preguntas frecuentes (actualización 2026)

¿Cuál es la causal más usada?

La separación de hecho por más de dos años, por ser objetiva; y desde 2024, la sola voluntad, que no exige probar nada.

¿Puedo pasar de un contencioso a la nueva causal?

Sí. Muchos casos hoy se encauzan por la sola voluntad (Ley 2442 de 2024) para evitar el desgaste probatorio.

¿Necesito abogado para el divorcio contencioso?

Sí, la representación de abogado es obligatoria.

¿Qué pasa con los bienes?

Tras la sentencia se liquida la sociedad conyugal; si no hay acuerdo, se hace en proceso aparte.

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